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En virtud de la Ley 44/2002, de 22 de noviembre, de Medidas de Reforma del Sistema Financiero y de la Orden ECO/734/2004, de 11 de marzo, sobre el Departamento o Servicio de Atención al Cliente y el Defensor del Cliente de las entidades financieras, la Confederación Española de Cajas de Ahorros crea el Servicio de Atención al Cliente para atender y resolver las quejas o reclamaciones presentadas por los usuarios de los servicios financieros de CECA.
Calle Alcalá, 27 (5ª planta), 28014, Madrid.
Tel. 91 596 50 00
Fax. 91 596 57 34
Las quejas o reclamaciones presentadas ante el Servicio de Atención al Cliente serán resueltas en un plazo máximo de DOS MESES a contar desde su presentación y recepción ante dicho Servicio.
En caso de disconformidad con la resolución o si transcurre el plazo de dos meses mencionado, el reclamante podrá dirigirse al Comisionado para la Defensa del Cliente de Servicios Bancarios (pendiente de nombramiento), aunque será requisito necesario haber agotado previamente la vía del Servicio de Atención al Cliente.
Normativa de transparencia y protección al cliente de servicios financieros:
El Servicio de Atención al Cliente atenderá exclusivamente las quejas o reclamaciones presentadas por los clientes o usuarios de los servicios financieros propios de la Confederación Española de Cajas de Ahorros. Aquellas quejas o reclamaciones de los clientes o usuarios de las Cajas de Ahorros confederadas deberán ser presentadas ante los respectivos Servicios de Atención al Cliente de las propias Cajas de Ahorros.